Háblanos de tu futuro

Nuestra misión es ofrecer el soporte legal y patrimonial necesario para que puedas llevar a cabo y desarrollar tus negocios en el Perú y en el mundo con seguridad, incluso en un entorno en constante cambio.

Por esta razón, es fundamental conocerte a ti y a tu negocio, para juntos encontrar las herramientas legales más adecuadas que se alineen con tus objetivos y, sobre todo, comprender hacia dónde deseas llegar.

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Servicios

Tributación

Brindamos asesoría tributaria para el correcto cumplimiento de obligaciones tributarias formales y sustanciales. Contamos con más de 15 años de experiencia asesorando a personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras.

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Protección

La asesoría de protección patrimonial se orienta a proteger las fuentes productoras de ingresos y el flujo de estos hacia nuestros clientes para construir un patrimonio independiente frente a los riesgos por el devenir de sus actividades y los posibles cambios en el contexto en el que se desarrollan.

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Trazabilidad

Realizamos la validación del origen de los recursos económicos con los que cuentan nuestros clientes para llevar a cabo sus negocios. Implementamos mecanismos de control de las salidas de dinero hacia proveedores y acreedores, procurando que correspondan a operaciones enmarcadas en buenas prácticas y reglas del valor de mercado.

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Penal Tributario

Junto con especialistas en Derecho Penal asesoramos a nuestros clientes para regularizar situaciones que impliquen el riesgo de calificarlos como ilícitos penales. Asimismo, implementamos mecanismos de prevención de ilícitos penales tributarios y delitos aduaneros. También asesoramos en la detección y prevención de conductas sancionadas bajo las reglas de FCPA.

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Nosotros

Método

Es importante mantener metodologías de trabajo ágiles, transparentes y de constante actualización.

Porque el mundo está en constante cambio. Y hay cuestiones que sólo se plantean a largo plazo, que exigen mantener una alta definición de la actualidad

Éxito = preparación + oportunidad

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Preguntas Frecuentes

¿Quienes pagan impuestos en el Perú?

Todas las personas naturales y jurídicas que realizan actividades gravadas en nuestro país. Por ejemplo, quienes generan ingresos por actividades de trabajo o negocios realizados en el territorio nacional.

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¿Cuáles son los impuestos aplicables en el Perú?

Principalmente tenemos el Impuesto a la Renta (impuesto a las ganancias obtenidas en el Perú o inclusive en el exterior para el caso de los domiciliados), el Impuesto General a las Ventas (que grava el consumo de bienes y servicios en el país), el Impuesto Predial (para propietarios de inmuebles), el Impuesto Vehicular (para propietarios de vehículos nuevos durante los 3 primeros años), el Impuesto

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¿Qué Impuestos pagan las personas naturales?

Las personas naturales pagan principalmente el Impuesto a la Renta (por las ganancias que obtienen de su trabajo, de sus actividades empresariales, de actividades de compra venta de bienes o derechos y de rentas obtenidas en el exterior), el Impuesto Predial y el Vehicular, de ser el caso.

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¿Qué impuestos pagan las empresas?

Las empresas (personas jurídicas o personas naturales con actividad empresarial) pagan el Impuesto a la Renta por todos los ingresos que obtienen en el Perú y el exterior, el Impuesto General a las Ventas (por la modalidad de impuesto aplicada en el Perú), el Impuesto Temporal a los Activos Netos.

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¿Qué impuestos pagan los extranjeros?

Los extranjeros solo pagan impuestos en el Perú por el consumo de bienes y servicios (salvo que acrediten su condición transitoria) y cuando obtienen rentas gravadas en el país (Impuesto a la Renta).

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¿Qué debo tomar en cuenta si empiezo a trabajar o hacer negocios?

Debes tomar en cuenta que los principales impuestos aplicables (Impuesto a la Renta y el Impuesto General a las Ventas) se deben declarar y cancelar de manera mensual. Si hago negocios, de cualquier tipo, lo hare como empresa (persona natural con negocio o persona jurídica), lo que implica que por las ventas o ingresos del mes debo pagar un porcentaje (1.5% al inicio) por Impuesto a la Renta y el IGV (18%) aplicable a la venta de bienes y servicios.

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¿Se puede recibir dinero del exterior o enviar dinero al exterior?

No hay impedimentos o impuestos aplicables al ingreso o salida de dinero o capitales hacia o desde el Perú. Sin embargo, se debe considerar que las entidades bancarias exigirán el sustento de los ingresos de dinero y en el caso de las salidas, se debe verificar que correspondan o no a pagos que a su vez califican como rentas de fuente peruana (ver la Ley del Impuesto a la Renta), en cuyo caso aplica una retención que por lo general es del 30%.

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¿Es ilegal no pagar impuestos?

En el Perú no es ilegal y tampoco es un delito no pagar impuestos. Lo que se sanciona administrativamente es el hecho de no declarar las obligaciones tributarias y, penalmente, usar mecanismos ilegales para evitar los controles de las autoridades y evadir los impuestos.

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¿Cuándo prescriben mis deudas tributarias?

Los plazos de prescripción son de 4, 6 y 10 años, según se trate de tributos declarados, no declarados o retenidos y no pagados, respectivamente. La prescripción en materia tributaria debe ser solicitada y en el caso de sanciones, el plazo se computa desde la comunicación de la infracción.

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¿La venta de inmuebles paga impuestos?

En general la venta de inmuebles se grava como renta tanto para personas naturales como jurídicas. En este ultimo caso la tasa es del 29.5% sobre la ganancia obtenida (precio de venta menos costo) y en el caso de personas naturales la tasa efectiva del Impuesto es del 5% sobre la ganancia obtenida, salvo que se trate de la casa habitación o de inmuebles adquiridos antes del 01.01.2014. Por su parte, el adquirente paga el Impuesto de Alcabala, cuya tasa es del 3% del valor de compra o autovaluo, el que resulte mayor.

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¿Las herencias pagan impuestos?

En el Perú no existe un impuesto a las herencias.

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¿Las rentas del exterior pagan impuestos?

Los sujetos (personas naturales o jurídicas) que califica como domiciliados en el Perú por la Ley del Impuesto a la Renta, deben tributar en el país también por sus rentas de fuente extranjera. Incluso si se trata de rentas indirectas.

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